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¿Qué pasa si estoy en el Veraz y no pago?

Que pasa si estoy en el Veraz y no pago

Si solicitaste un crédito a una entidad bancaria y no abonaste las cuotas del préstamo en tiempo y forma, el acreedor registró la falta de pago informando al Veraz sobre la existencia de la deuda.

Ahora bien, ¿qué pasa si estoy en el Veraz y no pago?.

Tabla de contenidos

¿Qué significa estar el Veraz?

Figurar en el Veraz es realmente un problema para cualquier persona que necesita acceder a un crédito.

En una economía tan golpeada, es frecuente pasar momentos en los que se necesita contar con dinero para hacer frente a una situación, desde comprar un bien, pagar otras deudas, etc.

Los inconvenientes de aparecer en el Veraz son más que la imposibilidad de pedir un préstamo. En efecto, existen varias restricciones que aparecen si no pagamos las deudas, como:

  • Limites para acceder a cualquier tipo de crédito
  • Imposibilidad de alquilar viviendas
  • Dificultad a la hora de comprar bienes costosos que requieran algún tipo de financiación, como un auto
  • Imposibilidad de hipotecar un inmueble
  • Dificultades para abrir una caja de ahorro

Las empresas tienen acceso a un sistema llamado Score Veraz, que les permite consultar en tiempo real la información crediticia de una persona, por lo que si figuramos en su base de datos será imposible eludir esos controles.

Esta base de datos es una herramienta muy útil para las empresas dado que pueden conocer nuestra capacidad de solvencia económica en cuestión de minutos. De esta forma, pueden conocer a priori si el dinero que nos llegaran a prestar puede llegar a ser devuelto en los plazos acordados.

¿Qué pasa si estoy en el Veraz y no pago?

Esta es una de las preguntas más frecuentes que se realizan tanto las personas que ya se encuentra en el Veraz y están preocupados por esa situación, como así también aquellos individuos que están teniendo problemas en cumplir con todas sus obligaciones de pago actuales y por venir.

En definitiva, mientras figuremos en el Veraz vamos a estar condicionados por todas las limitaciones financieras que esto genera y que vimos en el apartado anterior.

Cada vez que vayamos a una entidad financiera o un comercio a solicitar alguno de sus productos, estas empresas consultarán el historial crediticio y, al encontrar nuestra deuda, nos negarán su crédito o tarjeta.

Importante

La forma de resolver este problema es, claramente, cancelando la deuda. Cuando esto sucede, el acreedor, es decir, la empresa que informó sobre nuestro incumplimiento de pago al Veraz, tendrá que dar aviso de que la deuda ha sido saldada.

Desde ese momento, se debe esperar 2 años hasta que dejemos de aparecer en la base de datos de deudores. Durante ese periodo, si bien seguiremos figurando, el reporte no nos marcará como deudores.

Ahora bien, ¿qué pasa si nunca pago la deuda?. ¿Se puede salir del veraz antes de los 2 años?.

Ley de protección de datos personales o Hábeas Data Veraz

Existe una Ley, más precisamente la Ley de Protección de Datos Personales 25.326 que regula los derechos de los titulares de los datos y establece las obligaciones que tienen los responsables de los archivos, registros y bancos de datos.

El siguiente es el Artículo 26 que trata sobre la «Prestación de servicios de información crediticia»:

1. En la prestación de servicios de información crediticia sólo pueden tratarse datos personales de carácter patrimonial relativos a la solvencia económica y al crédito, obtenidos de fuentes accesibles al público o procedentes de informaciones facilitadas por el interesado o con su consentimiento.

2. Pueden tratarse igualmente datos personales relativos al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones de contenido patrimonial, facilitados por el acreedor o por quien actúe por su cuenta o interés.

3. A solicitud del titular de los datos, el responsable o usuario del banco de datos, le comunicará las informaciones, evaluaciones y apreciaciones que sobre el mismo hayan sido comunicadas durante los últimos seis meses y y el nombre y domicilio del cesionario en el supuesto de tratarse de datos obtenidos por cesión.

4. Sólo se podrán archivar, registrar o ceder los datos personales que sean significativos para evaluar la solvencia económico-financiera de los afectados durante los últimos cinco años. Dicho plazo se reducirá a dos años cuando el deudor cancele o de otro modo extinga la obligación, debiéndose hace constar dicho hecho.

5. La prestación de servicios de información crediticia no requerirá el previo consentimiento del titular de los datos a los efectos de su cesión, ni la ulterior comunicación de ésta, cuando estén relacionados con el giro de las actividades comerciales o crediticias de los cesionarios.

Como vemos, el inciso 4 hace referencia al tiempo en el que una persona puede figurar en el Veraz, estableciendo dos posibilidades:

  1. Si paga, estará por dos años extra en el registro de deudores
  2. Si no paga, la información podrá mantenerse en el banco de datos (en la central de deudores del BCRA o en el Veraz, Nosis, Fidelitas) por 5 años.

El problema es: la deuda seguirá figurando por 5 años, pero … ¿contados desde qué punto?.

¿Por cuánto tiempo quedan registradas las deudas en el Veraz?

El Derecho al Olvido se establece en el decreto 1558/2001. El artículo 26 dice:

Para apreciar la solvencia económico-financiera de una persona, conforme lo establecido en el artículo 26, inciso 4, de la Ley Nº 25.326, se tendrá en cuenta toda la información disponible desde el nacimiento de cada obligación hasta su extinción. En el cómputo de CINCO (5) años, éstos se contarán a partir de la fecha de la última información adversa archivada que revele que dicha deuda era exigible. Si el deudor acredita que la última información disponible coincide con la extinción de la deuda, el plazo se reducirá a DOS (2) años. Para los datos de cumplimiento sin mora no operará plazo alguno para la eliminación.

A los efectos del cálculo del plazo de DOS (2) años para conservación de los datos cuando el deudor hubiere cancelado o extinguido la obligación, se tendrá en cuenta la fecha precisa en que se extingue la deuda.

En este texto tenemos más detalles sobre la forma en la que se calculan los períodos en los que la persona seguirá figurando en el Veraz, tanto al cancelarse la misma (2 años posterior al pago) como al no pagarla nunca (5 años).

Como podemos apreciar en el texto resaltado, los 5 años se cuentan desde la última información adversa archivada.

¿Qué quiere decir esto?

Que el acreedor que hizo el informe al Veraz puede aportar información en el transcurso del tiempo sobre la deuda en cuestión. Esta información debe agregar algún dato modificatorio sobre el informe inicial por el que la persona entró en el Veraz, por lo que no vale hacer una actualización cada x meses con el mismo contenido.

Por lo tanto, los 5 años se cuentan desde esa última actualización.

Créditos que pueden generar una deuda en el Veraz

Los préstamos que otorgan los Bancos son, quizás, uno de los productos más conocidos cuyo incumplimiento de pago puede generar una deuda susceptible de registro en el Veraz.

Sin embargo, una mora en el pago de la cuota de un préstamo no es el único motivo por el que una persona puede aparecer en el registro de deudores del sistema financiero Argentino.

Según la Central de Deudores del Banco Central de la Republica Argentina, que se trata de la plataforma online del BCRA para consultar si una persona tiene deudas registradas y de la base de datos a la que acceden varias entidades privadas, como el Veraz, pueden registrar deudas en esa base:

  • Entidades financieras, como bancos
  • Entidades no financieras emisoras de tarjeta de crédito, como Visa o MasterCard
  • Proveedores no financieros de créditos

A su vez, el motivo por el cual estas entidades pueden informar al Veraz de una deuda puede ser por:

  • Resúmenes de tarjeta no abonados
  • Cuota de préstamos sin pagar
  • Cheques rechazados
  • Otros tipos de deudas a entidades reconocidas por el Estado Argentino

Según el informe que se puede obtener desde cualquiera de estas empresas que custodian y actualizan la información sobre deudas de individuos, entre ellas BCRA o Veraz, la primera clasificación de deudor se obtiene al registrar una deuda impaga por más de 30 a 61 días luego de su fecha de vencimiento, por lo que el acreedor puede informar del evento durante ese lapso.

En conclusión, ¿qué pasa si estoy en el Veraz y no pago la deuda?

Lo que sucede es que tendremos que esperar 5 años desde la última información que la entidad (a la que le debemos el dinero) haya aportado sobre la deuda en cuestión.

Pasado ese período, nuestros datos dejarán de aparecer en el Veraz (como la marca de moroso) pero la deuda seguirá existiendo.

Por lo tanto, siempre se recomienda acomodar los números rojos cuanto antes para que empiecen a contar los 2 años extra que figuraremos en el Veraz, de modo de dejar de figurar como deudor en el sistema financiero lo más rápido posible.

Cómo dejar de figurar en el Veraz

¿Necesitas saber cómo salir del veraz? te recomendamos leer nuestra guía paso a paso.